FACUA considera un absoluto caos el descontrol de Junta y Ayuntamiento sobre la actividad de Magrudis


Más allá de la depuración de responsabilidades políticas, reclama cambios en la legislación para que las administraciones competentes se comuniquen datos de licencias, inscripciones en registros e inspecciones.

FACUA considera un absoluto caos el descontrol de Junta y Ayuntamiento sobre la actividad de Magrudis. Más allá de las responsabilidades políticas, la asociación considera que debe modificarse urgentemente la legislación para que las administraciones competentes se comuniquen datos relativos a licencias, inscripciones en registros e inspecciones.




Magrudis no está en el Registro de Industrias Agroalimentarias

La Junta y el Ayuntamiento pasaron por alto que Magrudis nunca cumplió su obligación de estar inscrita en el Registro de Industrias Agroalimentarias (GRIA), que depende de la Consejería de Agricultura y que es clave para el control de la empresa por parte de la administración con competencia alimentaria y para el evaluar el etiquetado de sus productos. El listado de firmas inscritas a día de hoy en Sevilla puede verse en la web del GRIA.

La Consejería de Agricultura no ha hecho inspecciones para comprobar si una empresa agroalimentaria en funcionamiento está inscrita en el GRIA. Y como ninguna norma establece que las autoridades sanitarias -ya sea la autonómica o las locales- tengan que realizar esta comprobación en sus inspecciones, en la actualidad Agricultura sólo puede tener conocimiento de esta irregularidad como consecuencia de una denuncia.

No tuvo licencia de actividad hasta 2018

En un comunicado, el consistorio hispalense ha informado este jueves de que Magrudis se dio de alta en el Registro General Sanitario de empresas alimentarias y alimentos de la Junta de Andalucía en el año 2015 «sin contar con la documentación correspondiente y necesaria por parte del Ayuntamiento de Sevilla, careciendo en ese momento de la licencia de actividad de acuerdo con la información recabada hasta el momento».

Según ha indicado el consistorio, «de acuerdo con las revisiones de documentación realizadas desde el pasado día 23 [de agosto] se ha constatado que hasta diciembre de 2018 la empresa no presenta en el Ayuntamiento de Sevilla, en el servicio de Protección Ambiental, una declaración responsable para el inicio de actividad». «En este documento, que de acuerdo con la normativa permite el inicio de la actividad avalado por un técnicos con la responsabilidad por parte del empresario, se han detectado deficiencias de forma y de fondo, de modo que ha sido declarado sin efecto y, por tanto, anulado de acuerdo con el informe realizado el día 26 y ratificado el día 28 en el marco de un expediente abierto de oficio en el área de Medio Ambiente», sostiene el Ayuntamiento.

FACUA considera una grave irresponsablidad del Ayuntamiento que no se aplicase ninguna sanción a la empresa por haber operado durante tres años sin licencia de actividad y que tras la presentación de la declaración responsable que le permitía el inicio de la misma, haya sido la alerta alimentaria suscitada ocho meses después la que ha provocado que el consistorio verifique la documentación que aportó y compruebe que tenía deficiencias de forma y fondo.

Además, la asociación cree inconcebible que las dos inspecciones que realizó el Ayuntamiento a la empresa en noviembre de 2016 y julio de 2017 no incluyeran entre sus protocolos algo tan básico como la verificación de que Magrudis tuviese licencia de actividad y que ésta, de existir, fuese acorde a las características reales de la empresa. Como tampoco se comprobó que estuviese inscrita en el Registro de Industrias Agroalimentarias (GRIA) de la Junta.

El protocolo aprobado por la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía sobre la documentación que debe revisarse en las inspecciones a las empresas alimentarias no incluye ni la existencia de licencia de apertura municipal, ni la inscripción en el Registro de Industrias Agroalimentarias autonómico. Por muy elemental que parezca, la Ley de Seguridad Alimentaria de 2011 y el reglamento europeo que transpone no implementan este principio básico de coordinación entre administraciones.




Se dio de alta en el Registro Sanitario en 2015

Magrudis se dio de alta en 2015 en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Notificación de Alimentos (Rgseaa) de la Junta de Andalucía. Lo hizo sin aportar la documentación correspondiente que debe otorgar el Ayuntamiento de Sevilla en relación a su licencia de actividad. Y es que la normativa no obliga a la autoridad autonómica a verificar que las empresas que soliciten este alta cuenten ya con la citada licencia, que la tengan solicitada o que lo hagan y la reciban en un determinado plazo.

La actividad de la empresa no se corresponde a su declaración responsable

El Ayuntamiento de Sevilla ha informado este jueves de que Magrudis ha sido «objeto de nuevas inspecciones por parte de los servicios municipales en las que se ha detectado que las características técnicas de la empresa y su actividad no se corresponden con la declaración responsable presentada en diciembre de 2018». Del mismo modo, «no se ha localizado escrito alguno de petición de licencia o de declaración responsable con técnico que autorice las reformas que constan en el escrito presentado el 31 de julio por la empresa ante la Junta de Andalucía, situación que también se pondrá en conocimiento de la Fiscalía de acuerdo con los servicios jurídicos».

No comunicó las obras al Ayuntamiento

Asimismo, el Ayuntamiento de Sevilla advierte de que «no se ha localizado escrito alguno de petición de licencia o de declaración responsable con técnico que autorice las reformas que constan en el escrito presentado el 31 de julio por la empresa ante la Junta de Andalucía».

Informó de las obras a la Junta cuando ya habían concluido

Magrudis no informó a la Junta de sus obras de ampliación hasta el pasado mes de julio, cuando ya estaban culminadas. Dada la ausencia de inspecciones administrativas durante el periodo en que desarrolló esas obras, se desconoce si las mismas afectaron a sus procesos de su producción. En cualquier caso, Magrudis continuó con su actividad después de las obras sin inspección e incumpliendo la obligación de obtener una nueva autorización sanitaria. La comunicación que hizo la empresa sobre su ampliación a la Consejería de Salud tiene fecha de entrada 31 de julio de 2018.

El Decreto 61/2012, de 13 de marzo regula el procedimiento de la autorización sanitaria de funcionamiento y la comunicación previa de inicio de actividad de las empresas y establecimientos alimentarios y se crea el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía. En su artículo 15, establece que «se considerarán modificaciones sustanciales al objeto de solicitar una nueva autorización sanitaria» aquellas que impliquen «el cambio de domicilio industrial y los cambios o ampliaciones de actividad, siempre que éstos supongan un incremento del riesgo generado por la actividad para la que se hubiese obtenido la autorización».

FACUA advierte de que la normativa autonómica establece que si las modificaciones que se realizan en la ampliación de una empresa alimentaria no son sustanciales, pueden comunicarse a la Consejería de Salud con posterioridad a las obras. Pero si son sustanciales, como según la información que ha trascendido ocurrió con las de Magrudis, FACUA considera que debieron ser comunicadas antes de las mismas.

El Ayuntamiento no cumplió los plazos de las inspecciones

La presencia en este registro fue comunicada a los servicios municipales de Consumo por parte de la administración autonómica ese mismo año, tras lo que el Ayuntamiento realizó una inspección a la empresa en noviembre de 2016. En ella, se decidió encajarla en la categoría A de riesgo, lo que implicó que debía volver a visitarla para otro control seis meses después, según establecen los planes de inspección de la Consejería de Salud. Sin embargo, la visita de los inspectores municipales no se produjo en ese plazo, y se demoró dos meses, a julio de 2017. En esa fecha, Magrudis se comprometió a mejorar sus protocolos de autocontrol, por lo que el Ayuntamiento decidió bajarla a la categoría C de riesgo, ampliando así la periodicidad de las inspecciones a 18 meses. La siguiente visita de los inspectores tendría por tanto que haberse realizado en enero de 2019, pero no se produjo.




FACUA reclama cambios legales urgentes

FACUA considera lamentable que el Ayuntamiento no cumpliese los plazos de las inspecciones previstos en los planes anuales aprobados por la Consejería de Salud. Ante esto, la asociación está reclamando cambios en la Ley de Seguridad Alimentaria de 2011 para que, entre otras cosas, esos plazos no puedan considerarse flexibles, como ocurre en la actualidad.

Un informe de la Dirección General de Salud y Seguridad Alimentaria de la Comisión Europea de finales de 2017 puso de manifiesto esta «flexibilidad» en planes de inspección como el aprobado por la Consejería de Salud andaluza, pero no la consideró contraria al reglamento europeo. Se trata del Informe final de una misión de investigacion realizada en España del 21 de noviembre al 1 de diciembre de 2017 con objeto de recabar información sobre los mecanismos adoptados para la planificación de controles oficiales de seguridad alimentaria en función del riesgo.

Pero además, FACUA cree que debe ser prioritario implementar una serie de cambios en la normativa que regula las declaraciones responsables para la obtención de licencias de apertura y permisos de obras. Y ello con el fin de que, cuando se trate de empresas que desarrollan actividades que afectan a la salud de los consumidores, el organismo que tramite las citadas autorizaciones lo notifique de manera automática a la autoridad sanitaria -ya sea autonómica o local, en función de las competencias que tengan atribuidas- para que ésta proceda a realizar la correspondiente inspección en la empresa. Inspección que tendría que verificar que la actividad y características de la empresa se atienen a los datos aportados en la declaración responsable y, en el caso de que se trate de obras, que se correspondan con las comunicadas y se paralice la actividad si ésta puede poner en riesgo a los consumidores, hasta que se compruebe que todo está en regla.

En la actualidad, la normativa autonómica reguladora del procedimiento de autorización sanitaria de funcionamiento e inscripción en el Registro Sanitario de Empresas y Establecimientos Alimentarios de Andalucía y las instrucciones y planes que regulan los controles e inspecciones en función del riesgo de los establecimientos y supervisa los planes de autocontrol de las empresas no recoge la revisión o comprobación de los requisitos exigidos por el Ayuntamiento para su funcionamiento (licencia de funcionamiento municipal o en su caso de obras si estas se han llevado a cabo).

FACUA recuerda que en el caso de Magrudis no sólo se ha producido descoordinación entre organismos de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla. También se ha dado dentro de ambos gobiernos.

Así, las carencias en la normativa han permitido que la empresa estuviese dada de alta desde 2015 en el Registro Sanitario, que depende de la Consejería de Salud sin que nunca hubiese llegado a estar de alta en el Registro de Industrias Agroalimentarias (GRIA) de la Consejería de Agricultura.

También las carencias en la legislación europea, estatal y autonómica provocaron que en las dos inspecciones a la empresa, en noviembre de 2016 y julio de 2017, el Ayuntamiento de Sevilla no comprobase si la empresa estaba en el GRIA. Pero además, tampoco comprobó que tuviese licencia de apertura, por una desconexión entre los organismos locales competentes en materia de Urbanismo y Salud que también debe ser solucionada implementando cambios normativos.

La descoordinación no sólo es entre administraciones de distinto ámbito sino que el propio Ayuntamiento mantiene una desconexión total en su actividad inspectora y en las dos inspecciones que le practicó a Magrudis en noviembre de 2016 y julio de 2017 no comprobó que carecía de licencia de funcionamiento emitida por él mismo.

 

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